MEDINA MARIA OFELIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de primera instancia en reclamos relacionados con reajustes de beneficios previsionales, confirmando la inconstitucionalidad de normativas que ratifican índices de actualización sin competencia constitucional, y establece lineamientos sobre actualización de haberes y costas procesales.
- Quien demanda: Maria Ofelia Medina
- A quién se demanda: ANSES
- Qué se reclama: Reajustes y actualización de beneficios previsionales, diferencias de haberes y la constitucionalidad del índice de actualización.
- Qué se resolvió: La Sala revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, declara la inconstitucionalidad del Dto. 807/16 y de la resolución nº 56/2018 de ANSES, y ordena el cálculo de diferencias en base a índices de movilidad establecidos por el Congreso Nacional. Además, impone costas por su orden en la alzada.
Fundamentos:
La Cámara considera que la fijación del índice de actualización no puede ser considerada dentro de las atribuciones genéricas o específicas de ANSES o la Secretaría de Seguridad Social, ya que esa variable de ajuste tiene incidencia directa sobre el contenido económico de las prestaciones y puede afectar derechos constitucionales, en particular el art. 14 bis de la Constitución Nacional. Cita que la intervención del Poder Ejecutivo mediante normativas que ratifican índices sin competencia constitucional viola el principio de división de poderes y desconoce la obligación del Congreso de fijar los índices de actualización (Fallos 330:4866, Blanco, Lucio Orlando c/ANSeS). La sentencia también señala que el Dto. 807/16 y otras regulaciones posteriores son inconstitucionales por exceso de atribuciones y por afectar derechos del beneficiario, ordenando que las actualizaciones se ajusten a los índices que corresponden al Congreso Nacional, en cumplimiento del art. 75, inc. 19 de la Constitución.
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