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LEMME, JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La Cámara Federal de Rosario confirmò la sentencia de primera instancia que declaró parcialmente la inconstitucionalidad de la ley 27.426 y de los decretos 542/2020, 692/2020 y 899/2020, y estableció la movilidad previsional conforme a la ley 27.426, revocando la declaración de inconstitucionalidad de los decretos en virtud del precedente de la Sala “B” y los autos FRO 21559/2021.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Jurisprudencia Seguridad social Sentencia confirmada Reajuste de haberes Movilidad previsional Ley 27.426 Dnu 157/2018 Decretos 542/2020 692/2020 899/2020

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa se origina en un reclamo por reajuste de haberes jubilatorios en el que el actor, Juan Carlos Lemmé, solicitó que se recalculara su haber de marzo de 2018 aplicando los índices de la ley 26.417, y que los reajustes posteriores se hicieran conforme a la ley 27.426 desde abril de 2018. La sentencia de primera instancia declaró parcialmente la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426 y de los decretos 542/2020, 692/2020 y 899/2020, y ordenó que la movilidad se calcule según la ley 26.417 y la ley 27.426, además de ordenar la liquidación conforme a dichas pautas. La ANSeS apeló cuestionando la declaración de inconstitucionalidad y solicitando que se apliquen las normas en su contexto de emergencia. La Cámara revoca la declaración de inconstitucionalidad de los decretos y confirma que la movilidad debe ajustarse a la ley 27.426, siguiendo precedentes de la misma Sala y autos similares. La Cámara también declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 y dispuso las costas a la parte vencida.

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