MEDINA, ALFREDO ENRIQUE c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocó la declaración de inconstitucionalidad de los decretos 542/2020, 692/2020 y 899/2020, y estableció la movilidad previsional conforme a la ley 27.426. Además, declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 y ordenó las costas a la parte vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora cuestionó la movilidad otorgada y solicitó recalcular su haber en marzo de 2018 con los índices de la ley 26.417, ajustando los haberes posteriores conforme a la ley 27.426, incluyendo intereses compuestos.
- La ANSeS criticó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426 y la declaración de inconstitucionalidad de los decretos 542/20, 692/20 y 899/20, solicitando que se aplique la movilidad prevista en la DNU 255/2020 y cuestionando la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426.
- La Cámara revocó la declaración de inconstitucionalidad de los decretos mencionados y confirmó la aplicación de la movilidad conforme a la ley 27.426. Asimismo, confirmó la declaración de inconstitucionalidad de oficio del artículo 3 del DNU 157/2018, imponiendo costas a la parte vencida.
- Se remite a la jurisprudencia del expediente “MORAS, Camilo Ángel c/ ANSeS”, y se remiten los agravios a ese precedente para una resolución más rápida.
- Los jueces coincidieron en revocar la inconstitucionalidad de los decretos y en aplicar la movilidad según la ley 27.426, manteniendo las costas a la parte vencida.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: