PAZ ESTELA DEL VALLE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó el recurso del organismo y la actora, manteniendo los parámetros de actualización, la prescripción y los intereses, además de confirmar la validez de los aportes autónomos y la aplicación de la doctrina judicial en la materia.
- Quién demanda: Estela Paz del Valle (actora)
- A quién se demanda: ANSES (Demandado)
- Qué se reclama: Reajuste de beneficios previsionales, actualización de remuneraciones y otros conceptos relacionados con su prestación.
- Qué se resolvió: La Cámara confirmó la sentencia de grado en la mayoría de los puntos, revocando parcialmente, diferiendo el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución, y manteniendo los parámetros de actualización, la prescripción y los intereses.
Fundamentos:
"En lo relativo a los agravios que giran en torno al método de actualización de las remuneraciones considerados para la determinación del haber inicial, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Alto Tribunal en los autos 'Elliff Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' (Fallos 332:1914) doctrina que fue ratificada en la sentencia 'Blanco, Lucio Orlando' de 18/12/2018. La Corte Suprema confirmó la aplicación del índice de salarios básicos de convenio de la industria y construcción, sin limitación temporal. Razones de economía procesal aconsejan remitirse a dichos precedentes, ratificando lo resuelto en primera instancia.
Asimismo, se confirma la aplicación del método de cálculo de aportes autónomos según la doctrina del fallo 'Makler' y otros precedentes, considerando todos los años y categorías efectivamente aportadas. Respecto a la prescripción, se ratifica la bienal prevista en la ley 18.037, en línea con la jurisprudencia de la CSJN. Sobre los intereses, se establecen desde que cada suma fue debida, conforme la tasa pasiva promedio del Banco Central.
Finalmente, la sentencia también confirma que en la etapa de ejecución, si se verifica que la ANSeS actualizó las remuneraciones, ello será descontado del monto final, y en caso contrario, se aplicarán las pautas de la sentencia 'Elliff'. La inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 se diferirá a la etapa de ejecución."
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