ALCARAZ DANIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que resolvió sobre reajustes previsionales y el cálculo del haber inicial, considerando la constitucionalidad del Decreto 807/16 y la aplicación de la doctrina del fallo “Blanco”. La decisión también ratificó la prescripción bienal y las costas a la demandada, manteniendo la validez del diferimiento y el cálculo de aportes autónomos según la jurisprudencia del máximo tribunal.
- Quién demanda: Actor (afiliado previsional)
- A quién se demanda: ANSES
- Qué se reclama: Reajustes en las jubilaciones, actualización del haber inicial, aplicación de índices, declaración de inconstitucionalidad de ciertos artículos, exención de ganancias, actualización del componente PBU, intereses y costas.
- Qué se resolvió: La Cámara confirmó la constitucionalidad del Decreto 807/16, la validez del diferimiento y la prescripción bienal, y rechazó los agravios relacionados con los cálculos y actualizaciones. Además, confirmó el cálculo del haber en base a aportes autónomos y la aplicación de la doctrina “Makler” para la actualización de la Prestación Básica Universal. Se impusieron las costas a la demandada vencida y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales:
"El Tribunal Supremo en el fallo 'Blanco' puso énfasis en que 'no puede admitirse el ejercicio de una potestad de exclusivo resorte del Poder Legislativo Nacional, ejecutada por ese departamento del Estado desde el año 2008 en dos oportunidades (leyes 26.417 y 27.426)', por lo que corresponde remitir a los fundamentos del fallo 'Blanco' y confirmar la validez constitucional del Decreto 807/16 en el contexto de beneficios adquiridos con posterioridad a agosto 2016. Además, la jurisprudencia reiterada sobre la prescripción bienal y la tasa de interés aplicable sustenta la decisión de confirmar la sentencia en todos sus términos."
"Respecto a la actualización del componente PBU, la Sala ratificó que la normativa no limita el cálculo a beneficios adquiridos antes de la sanción de la ley 26.417, sino que se basa en que la finalidad es evitar una situación confiscatoria, siguiendo la doctrina 'Quiroga' y otros precedentes."
"Se concluye que no existen vicios constitucionales en el Decreto 807/16 y que los intereses deben aplicarse según la tasa pasiva del Banco Central, confirmando la decisión de la instancia de grado."
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