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HOYOS SALUSTIANO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado en relación a la inconstitucionalidad de las leyes 27.426 y 27.609, y confirmó en lo demás. La decisión se fundamenta en la revisión de las metodologías de actualización y la constitucionalidad de las normas, diferiendo el análisis de algunas cuestiones a la etapa de ejecución.

Costas Inconstitucionalidad Seguridad social Jurisprudencia csjn Actualizacion de remuneraciones Reajustes previsionales Ley 27.609 Ley 27.541 Ley 27.426 Diferimiento. Habe inicial


- Quién demanda: Hoyos Salustiano

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes en la prestación básica universal y actualización del haber inicial, además de la declaración de inconstitucionalidad de leyes y artículos relacionados.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca parcialmente la sentencia de grado, declara la inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426 y del art. 2 de la misma ley, y confirma en todo lo demás. Ordena el reajuste del haber previsional en línea con las leyes y fallos citados, y difiere el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución. Además, condena en costas a la demandada vencida y regula honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Tribunal entiende que la metodología de actualización dispuesta por el art. 3 de la ley 27.426 resulta inconstitucional por afectar derechos constitucionales y generar una situación confiscatoria, por lo que se revoca lo resuelto en grado en ese aspecto. La jurisprudencia y fallos de la CSJN, como los autos “Elliff” y “Blanco,” sustentan que la actualización de las remuneraciones debe ajustarse conforme a los criterios establecidos por la Corte, hasta la entrada en vigencia de la ley 26.417. En cuanto a la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y la ley 27.541, los jueces Carnota y Dorado adhieren a la posición de que dichas normas deben ser declaradas inconstitucionales, mientras que Fantini y D´Onofrio optan por confirmar en ese aspecto. La decisión de diferir el análisis de la ley 27.609 a la ejecución responde a la necesidad de mayor precisión en la determinación del alcance y efectos de la ley, en línea con precedentes similares. La resolución además establece que las costas de la instancia de alzada serán a cargo de la parte demandada vencida."

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