BARROSO, RAUL EDGARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia que rechazó el planteo de ANSeS respecto a la actualización de las remuneraciones del actor, manteniendo la constitucionalidad del cálculo de la movilidad y las actualizaciones, y rechazando la alegación de arbitrariedad y ultra petita.
- La actora, beneficiaria de una jubilación bajo la ley 24.241 con fecha de adquisición del derecho al 13/11/2022, reclamó el recálculo del haber inicial y su movilidad para garantizar el derecho constitucional previsto en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
- La ANSeS interpuso recurso de apelación contra la resolución del 11/12/2024, argumentando que la sentencia fue “ultra petita”, que el haber fue correctamente calculado, y que no se acreditó perjuicio económico, además de cuestionar la imposición de costas y la constitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.
- La Cámara analizó los agravios y sostuvo que:
La demanda claramente solicitó el recálculo del haber y su movilidad, por lo que la sentencia no resultó “ultra petita”.
La prueba aportada por la actora demuestra el estancamiento del haber jubilatorio y el perjuicio económico, por lo que corresponde rechazar el agravio de ANSeS en cuanto a la falta de demostración del perjuicio.
La doctrina jurisprudencial aplicable respecto al índice de actualización del haber inicial (autos “Elliff”, fallo de la Corte Suprema del 11-08-2009) sustenta la decisión de confirmar la liquidación de la PBU sin limitación temporal, y que la diferencia en la liquidación se ajusta a la normativa constitucional y jurisprudencial.
La declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la Ley N° 24.463 y la aplicación del principio de derrota, además de la constitucionalidad del art. 36 de la Ley N° 27.423, avalan la imposición de costas a la demandada vencida.
La alegación de arbitrariedad no prospera, ya que la sentencia cuenta con fundamentación suficiente y no existe apartamiento inequívoco de normas.
- La Cámara confirmó la sentencia en todos sus términos, rechazando el recurso de ANSeS y manteniendo la decisión de grado.
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