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LERDA, MARIA ANGELICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en el caso de María Angélica LERDA contra ANSES, confirmando la resolución en general pero diferiendo el tratamiento del artículo 9 de la ley 24.463 y de la PBU para la etapa de ejecución, manteniendo la decisión respecto a los demás aspectos.

Recurso de apelacion Reajuste de haberes Jurisprudencia ?elliff? Indice i.s.b.i.c. Tope del articulo 9 ley 24.463 Pbu Aportes autonomos Doctrina ?makler? Retencion de ganancias Liquidacion de sentencia.

La actora, beneficiaria previsional desde 12/04/2018 bajo la ley 24.241, solicitó un reajuste de su haber, que fue desestimado por la ANSES. La demandada apeló cuestionando las pautas para determinar el haber inicial, la aplicación del índice R.I.P.T.E., y aspectos relacionados a la actualización y topes del haber. La Cámara reafirmó la aplicación del precedente “Elliff” y del índice I.S.B.I.C. para la actualización de remuneraciones hasta febrero de 2009, y la ley 26.417 posteriormente. Respecto a la constitucionalidad del tope del artículo 9 de la ley 24.463, decidió diferir su tratamiento a la etapa de ejecución. También confirmó la aplicación del precedente “Villanustre” en la etapa de liquidación y la validez de los aportes autónomos en los términos de la doctrina “Makler”. La Cámara sostuvo la constitucionalidad del impuesto a las ganancias y la inaplicabilidad del régimen de costas en primera instancia a la parte demandada, en línea con la jurisprudencia del Máximo Tribunal. Finalmente, modificó parcialmente la sentencia en relación a la aplicación del artículo 9 y la PBU, y aclaró que las costas de la alzada se impondrán en el orden causado.

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