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AUFRANC, GRACIELA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia que admitió parcialmente la demanda en reclamo de reajustes por movilidad previsional, y modificó las costas de primera instancia y segunda instancia, en línea con la constitucionalidad del artículo 21 de la Ley 24.463 y la jurisprudencia de la CSJN sobre el tema.

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¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Graciela Beatriz Aufranc, demanda a la ANSES por reajustes en su haber previsional.
- La demandada, ANSES, cuestiona la aplicación de las pautas de actualización y las costas impuestas.
- La sentencia de primera instancia, de 31/08/2022, admitió parcialmente la acción y ordenó a la ANSES determinar el haber inicial conforme a la doctrina “Elliff”.
- La Cámara confirmó la actualización del haber hasta febrero de 2009 mediante el I.S.B.I.C., y la aplicación de las pautas de la Ley 26.417 desde esa fecha hasta la adquisición del derecho.
- La Cámara modificó las costas de primera instancia, imponiéndolas en el orden causado, y las costas de segunda instancia en ese mismo orden, regulando honorarios del 35% para la parte actora.
- Se remarca que la CSJN declaró inconstitucional el artículo 21 de la Ley 24.463 en causas similares, y que en autos se aplicó la jurisprudencia consolidada en “Elliff”, confirmando la actualización del haber.
- La Cámara también hizo referencia a que la cuestión de costas y la constitucionalidad del artículo 21 de la Ley 24.463 fue analizada en fallos previos y en la sentencia “Morales” (CSJN, 22/06/2023).

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