DIAZ MANTEL, IGNACIO Y OTRO c/ AMERICAN EXPRESS ARGENTINA S.A. s/ORDINARIO
La Cámara confirmó la sentencia que condenó a American Express y Axa por incumplimiento de deber de información y responsabilidad solidaria en un contrato de asistencia al viajero, rechazando los agravios y manteniendo la condena de US$5.141 y $150.000, por considerar que ambas partes promovieron y promovieron el servicio, y que la exclusión por enfermedad preexistente fue inaplicable en el caso.
- Quién demanda: Ignacio Diaz Mantel y Paula Cseh
- A quién se demanda: American Express Argentina S.A. y AXA Assistance Argentina S.A.
- Qué se reclama: Reintegro de gastos por cambio de pasajes US$5.141, indemnización por daños y otros daños patrimoniales y morales
- Qué se resolvió: La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a ambas demandadas al pago de US$5.141 y $150.000, y rechazando los agravios de las apelantes.
- Fundamentos principales:
La sentencia de primera instancia consideró que la responsabilidad de Amex y Axa surgía del incumplimiento del deber de información en relación con las condiciones de cobertura del seguro y la responsabilidad solidaria de Amex por actuar como intermediaria. La Cámara ratificó que la información brindada por Amex en su página web no fue clara ni suficiente, vulnerando el deber de información establecido en la ley de defensa del consumidor, y que la responsabilidad solidaria de Amex derivaba del art. 40 de la Ley de Defensa del Consumidor, dado que promovió y promocionó el servicio. En cuanto a la extensión de la cobertura, se concluyó que los episodios de salud del menor eran cubiertos como "repentino y agudo", y que la exclusión por enfermedad preexistente no aplicaba en las circunstancias, por lo que correspondía mantener la condena al pago de los gastos por cambio de pasajes. Se rechazaron los agravios de las recurrentes, confirmando la sentencia apelada.
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