GONZALEZ CLARA ROSA c/ ANSES s/PRESTACIONES VARIAS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda de la actora y revocó el plazo para el cumplimiento de la sentencia, estableciendo que el cumplimiento debe realizarse en 120 días conforme al art. 22 de la ley 24.463. La decisión se fundamentó en que la actora acreditó los requisitos para acceder al beneficio jubilatorio provincial, y que no se demostró mala fe o falsedad en la documentación presentada, ratificando así la resolución que le restituyó el beneficio y ordenó su liquidación retroactiva. Además, se confirmó la imposición de costas a la parte vencida y se regularon honorarios en el 30% de lo que corresponda.
- La actora, Clara Rosa González, demandó a ANSES para que se restableciera su beneficio jubilatorio provincial otorgado por la Ley 5957 y que fue dado de baja en 2001 tras alegarse irregularidades.
- La demandada, ANSES, sostuvo que el acto administrativo fue regular y que existían irregularidades en el otorgamiento del beneficio, por lo que procedía su revocación.
- La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, considerando que la documentación probatoria era auténtica y que la beneficiaria cumplía con los requisitos establecidos en la normativa aplicable, ratificando la validez del beneficio y ordenando su liquidación retroactiva.
- La Cámara de Apelaciones confirmó dicha decisión, resaltando que no se demostró mala fe ni falsedad en la documentación, y que la normativa provincial fue correctamente aplicada. También, se revocó el plazo de cumplimiento establecido en primera instancia y se fijó en 120 días, conforme al art. 22 de la ley 24.463.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: