DI CARLO HECTOR AMADEO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la metodología de actualización de remuneraciones y declara la inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426, ordenando aplicar índices según precedentes de la CSJN hasta la entrada en vigencia de la ley 26.417
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia resuelve recursos de apelación contra la sentencia de grado en un juicio por reajuste previsional. La Cámara analiza la constitucionalidad de varias leyes y decretos relacionados con la actualización de haberes previsionales, revocando la metodología de actualización dispuesta en el art. 3 de la ley 27.426. La mayoría de los magistrados considera que la aplicación del índice establecido por dicha ley resulta inconstitucional por su carácter confiscatorio y en atención a los precedentes de la CSJN, ordenando en su lugar aplicar el índice ISBIC dispuesto en autos “Elliff” y “Blanco” hasta la vigencia de la ley 26.417. Se confirma también la validez del diferimiento en relación con ciertos componentes del haber y la validez de otros aspectos de la sentencia de grado. La decisión se fundamenta en que las normas impugnadas generan perjuicio concreto y confiscatorio, y en la necesidad de respetar los precedentes constitucionales.
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