GARCIA NORBERTO PASCUAL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y modificó el cálculo del haber inicial, diferiendo la aplicación del fallo “Villanustre”, confirmando en lo demás lo decidido, y estableciendo las costas y honorarios en función de la doctrina judicial vigente.
- Quién demanda: GARCIA NORBERTO PASCUAL
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios en el haber previsional, actualización de remuneraciones, cálculo del haber inicial y revisión de la metodología de actualización de beneficios previsionales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, determinó el haber inicial autónomo y dependiente según los lineamientos del voto mayoritario, diferió la aplicación del fallo “Villanustre”, confirmó en lo demás la decisión, y ordenó la devolución de actuaciones al juzgado de origen. También rechazó los agravios relativos a la inconstitucionalidad de normas y la metodología de actualización de remuneraciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la metodología de actualización dispuesta por la Ley 27.609 para remuneraciones comprendidas entre 1991 y 2009 es inconstitucional y debe reemplazarse por la aplicación del ISBIC, en línea con precedentes de la Corte Suprema y doctrina jurisprudencial consolidada. Se resaltó que la actualización de remuneraciones anteriores a marzo de 1991 debe hacerse con las resoluciones 63/94, 918/94 y 1120/94, y que la utilización de índices que impliquen una confiscatoriedad mayor al 15% es inadmisible. En relación a los aportes autónomos, la metodología debe ajustarse a los precedentes “Makler”, “Elliff” y otros, considerando todos los años y categorías efectivamente aportados, y actualizando mediante los índices aprobados por la CSJN. Para la PBU, se aplicaron los parámetros constitucionales y jurisprudenciales, diferenciando las actualizaciones previas y posteriores a 1994. La decisión también abordó la constitucionalidad del diferimiento del tope en la ley 24.241 y la necesidad de mantener la proporcionalidad y evitar efectos confiscatorios.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: