COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACION SA c/ EN-M ECONOMIA (EX 62531809/23 - DISP 520/24) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45
La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el pago de honorarios a los abogados de la parte actora y dispuso su transferencia a la cuenta de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, en el marco de un recurso directo contra resolución administrativa. La resolución se fundamenta en la regulación de honorarios y la competencia de la Secretaría para gestionar los fondos, estableciendo el procedimiento para la transferencia bancaria y la comunicación oficial correspondiente.
¿Quién es el actor?
Coto Centro Integral de Comercialización S.A.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional, Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo
- Objeto de la demanda: Recurso directo contra resolución administrativa, en materia de honorarios y gestión de fondos
- Decisión del tribunal: La Cámara dispuso que la suma de $531.488,00 en honorarios, depositada en la cuenta judicial, sea transferida a la cuenta de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, y ordenó la comunicación formal del trámite mediante el sistema Lex 100.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La resolución señala que, conforme a la normativa aplicable (Ley 24.240, art. 45), los honorarios regulados a favor de los abogados deben ser depositados y transferidos a la cuenta de la Secretaría correspondiente. "A tal fin, dispóngase por Secretaría dar curso a la comunicación correspondiente, por medio del módulo DEOX en el Sistema de Gestión Judicial (Lex 100)." La decisión responde a la competencia de la Cámara para ordenar la gestión de fondos en el marco del recurso directo, garantizando la correcta administración de los honorarios regulados, y siguiendo los procedimientos administrativos y tecnológicos del sistema judicial argentino.
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