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La Cámara Federal deniega el recurso extraordinario interpuesto contra una sentencia que resolvió cuestiones de fondo y costas, fundamentando que los agravios son reiteración de argumentos ya considerados y que las cuestiones planteadas son insustanciales por jurisprudencia consolidada y por tratarse de cuestiones de hecho y prueba, que son ajenas a la vía del art. 14 de la ley 48.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte demandada interpuso recurso extraordinario contra la resolución de la 13/6/25 que resolvió parcialmente la apelación en un proceso contra AFIP. La Cámara, tras analizar los agravios, concluyó que no se presentan cuestiones nuevas ni de derecho que justifiquen la revisión del tribunal superior. La jurisprudencia del Alto Tribunal establece que las cuestiones federales se tornan insustanciales cuando existe jurisprudencia consolidada que impide controversia. Además, el recurso no cuestiona con nuevos argumentos y remite a cuestiones de hecho y prueba, que corresponden a los jueces de la causa. Por ello, se resuelve denegar el recurso extraordinario con costas.

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