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COMISION ARGENTINA PARA PERSONAS REFUGIADAS Y MIGRANTES Y OTRO c/ EN-DNU 942/24 s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Contencioso Administrativo Federal ordena derivar la causa de amparo contra el DNU 942/2024 a la Sala I del Fuero, por la conexidad del objeto y la necesidad de evitar contradicciones judiciales, en aplicación de principios de prevención y economía procesal.

Competencia Economia procesal Camara contencioso administrativo federal Amparo colectivo Conexidad procesal Sala i Traslado de causa. Derechos de refugiados Inconstitucionalidad decreto 942/2024 Principios de prevencion

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La Comisión Argentina para Personas Refugiadas y Migrantes (CAREF) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) promovieron una acción de amparo colectivo contra el DNU 942/2024, solicitando que se declare su inconstitucionalidad.
- El Juzgado N°9 del Fuero rechazó in limine la acción por no cumplir requisitos formales.
- Las partes apelaron, alegando la identificación del colectivo afectado y la idoneidad de la vía.
- La Fiscalía opinó que la Sala I debía asumir el conocimiento por conexidad con otra causa relacionada, CAF20.180/2024, que también cuestiona el decreto.
- El tribunal concluyó que las pretensiones resultan conexas y que la causa CAF20.180/2024 fue radicada previamente en la Sala I, por lo que corresponde trasladar el conocimiento de la presente a esa sala.
- La decisión se fundamenta en la conexidad de los hechos, la necesidad de evitar sentencias contradictorias y la conveniencia de concentración procesal para mayor eficiencia y seguridad jurídica.
- Por ello, se ordena el desplazamiento del conocimiento a la Sala I del Fuero, que asumirá su competencia.

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