COZZUOL FELIPE c/ ANSES s/RENTA VITALICIA
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 respecto de la reducción del haber previsional por topes, y mantiene la condena a la ANSeS a pagar la renta vitalicia con actualización de movilidad. La decisión se fundamenta en que la aplicación de pautas de movilidad es compatible con la naturaleza de la prestación y que la inconstitucionalidad del artículo se justifica cuando la merma excede el límite confiscatorio del 15%.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora interpuso recurso contra la sentencia de grado que homologó la Renta Vitalicia (RVP) y aplicó pautas de movilidad.
- La demandada cuestionó la actualización del haber inicial y la aplicación de pautas de movilidad, alegando que la RVP no debía actualizarse y que la responsabilidad era exclusiva de la aseguradora.
- La Cámara sostuvo que la doctrina del Tribunal Supremo en “Deprati” y en “Badaro” permite aplicar pautas de movilidad a la RVP, dado que la prestación se encuentra dentro del sistema de jubilaciones y pensiones y debe garantizarse la movilidad conforme a la normativa constitucional.
- Además, se declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en los casos en que la aplicación de topes genere una merma superior al 15%, por afectar derechos constitucionales y ser confiscatoria.
- Finalmente, se confirmó la condena a la demandada a pagar la renta vitalicia con actualización, y se impusieron las costas a la vencida.
- La sentencia también resolvió que el plazo de cumplimiento es ajustado a derecho.
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