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HERNANDEZ MARGARITA ESTHER C/ PALGREG S.A. S/ DESPIDO

El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso laboral, confirmando la validez del acuerdo entre las partes y ordenando su ejecución. La decisión se fundamenta en que la conciliación no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandante, Margarita Esther Hernandez, promovió una demanda por despido contra Palgreg S.A., reclamando la homologación de un acuerdo conciliatorio celebrado entre ambas partes. El tribunal consideró que la conciliación alcanzada no viola principios de orden público ni derechos de terceros, y que representa una solución justa y adecuada a la controversia. En la sentencia, se expresó que "la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público, y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional." Además, se homologó el acuerdo en los términos solicitados, se intimó a la demandada a integrar la tasa de justicia, y se impusieron costas a Palgreg S.A. La resolución también regula honorarios profesionales, aportes previsionales y el cumplimiento de las obligaciones de pago y transferencia de fondos. La decisión se fundamenta en la normativa aplicable, en particular los arts. 30 de la Ley 15.057, 15 de la Ley 20.744 y los principios de buena fe y consenso en la conciliación laboral.

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