ALTAMIRANO RICARDO ISMAEL C/ CIFUENTES MARCOS HORACIO Y OTRO/A S/ DESPIDO
Condena a los demandados por despido y otros rubros laborales, declarando la inconstitucionalidad de la ley 23.928 y estableciendo una condena solidaria por monto actualizado y con aplicación de principios de equidad y esfuerzo compartido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Ricardo Ismael Altamirano contra Marcos Horacio Cifuentes e Ileana Eugenia Ibáñez, reclamando indemnizaciones laborales, fondo de desempleo y otras sumas derivadas de su relación laboral iniciada el 10/2/21. Los demandados no contestaron ni presentaron prueba, por lo que se los tuvo por confesos y sus posiciones en rebeldía se consideraron acreditadas. La sentencia declaró la inconstitucionalidad de la ley 23.928 en su artículo 7, por afectar la actualización de los créditos laborales, y condenó a los demandados a pagar la suma de $2.947.151,52, con intereses, en forma solidaria. Se aplicaron principios de equidad, considerando las vicisitudes económicas del país, y se dispuso que la diferencia en la actualización del capital fuera soportada en partes iguales por los demandados. También se impusieron costas y se reguló honorarios profesionales. La decisión se fundamenta en que los hechos no fueron negados, la ley 23.928 resulta inconstitucional por su impacto en derechos esenciales, y la actualización por RIPTE refleja mayor protección al trabajador que la tasa pasiva.
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