RICARDES, RAUL ALBERTO c/ EN - AFIP - RES 598/19 s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la improcedencia del recurso de apelación debido a que el monto involucrado no supera el mínimo establecido por la ley para la admisión del recurso. La resolución de primera instancia, que rechazó el planteo y liquidación de intereses, quedó firme al no ser alcanzada por la apelación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora interpuso recurso de revocatoria y de apelación en subsidio contra la resolución que rechazó su planteo de intereses por $589.666,79, considerando que no cumplía con los requisitos para ser apelable según el art. 242 del CPCCN. La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación, dado que el monto cuestionado no supera los $700.000 vigentes a la fecha de presentación de la demanda, conforme a la normativa y las acordadas de la CSJN. La sentencia afirmó que "resultan inapelables las resoluciones —cualquiera fuere su naturaleza— que se dicten en procesos en los que el monto cuestionado no supere la suma que establece en su art. 242, segundo párrafo", y que en este caso "el monto involucrado en la apelación no alcanza el importe mínimo de $700.000". Los jueces firmantes indicaron que "el Tribunal RESUELVE: Declarar mal concedido el recurso intentado. Sin costas por no mediar actividad de la contraria".
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