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OVIEDO, EUSTAQUIO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia en reclamo previsional, declarando de oficio la inconstitucionalidad de ciertas resoluciones de ANSeS y rechazando otros agravios relacionados con la actualización de haberes y la constitucionalidad de leyes. La resolución también impuso costas a la parte vencida.


- Quién demanda: Eustaquio Oviedo

¿A quién se demanda?

ANSeS

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes, actualización de remuneraciones, declaración de inconstitucionalidad de normativas, participación en la PBU

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la decisión de primera instancia en la mayor parte del pronunciamiento, declarando de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones 56/2018 y 1/2018 de ANSeS y del DNU 157/2018, y rechazando los agravios relacionados con la determinación de la PBU y la constitucionalidad de leyes 27.541 y 27.609. Revocó el tratamiento de la PBU y ordenó costas a la parte vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En cuanto a los agravios de la demandada relativos al modo dispuesto para actualizar las remuneraciones del accionante, las cuestiones a dirimir en la presente causa son sustancialmente análogas a las planteadas por la ANSeS en los autos Nº FRO 3171/2016... fueron rechazadas por esta Sala –integrada
- mediante Acuerdo del 20 de marzo de 2019, a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente, corresponde remitirme, por razones de brevedad y economía procesal. En consecuencia, cabe confirmar el modo dispuesto en la sentencia apelada para la actualización de las remuneraciones de la actora, y declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS Nº 56/2018 y de la Secretaría de la Seguridad Social Nº 1/2018." "En relación con la determinación de la PBU, la parte actora goza de un retiro transitorio por invalidez, por lo tanto, dicho componente no integra el ingreso base de su beneficio previsional, por lo que corresponde revocar la sentencia en este punto." "Respecto a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426, la cuestión es sustancialmente análoga a la planteada en autos FRO 25495/2017, que fue rechazada por esta Sala mediante Acuerdo del 21 de mayo de 2020... en consecuencia, cabe confirmar la sentencia en este punto." "En lo relativo a los agravios por la ley 27.541 y los decretos 163/2020 y 495/2020, se advierte que la sentencia los rechazó, por lo que corresponde desestimar dichos agravios." "

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