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MERCADO, MARIA JOVINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Mendoza ratifica la sentencia que confirma el cálculo y ajuste de la PBU y rechaza la inconstitucionalidad de los topes previsionales, imponiendo las costas a la parte demandada y regulando honorarios en el 30%. La decisión se basa en precedentes y en el análisis de constitucionalidad de los topes según la jurisprudencia de la Corte Suprema.

Costas Honorarios Recursos de apelacion Constitucionalidad Jurisprudencia csjn Pbu Reajustes previsionales Topes previsionales Ley 26.417 Seguridad social.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora demandó ante la ANSES por reajustes en su PBU.
- La Cámara analizó el recurso de la parte demandada, que cuestionaba la actualización del haber y la constitucionalidad de los topes.
- La Sala afirmó que la actualización de la PBU debe seguir el sistema establecido por la ley nº 26.417 y que la suma fija de $326, actualizada conforme a la ley nº 24.241, es correcta.
- Se sostuvo que los topes establecidos por las leyes 24.241, 24.463, y su aplicación no violan garantías constitucionales, en virtud de la jurisprudencia de la Corte Suprema, en particular el fallo "Actis Caporale".
- También se confirmó la imposición de costas a la parte vencida, en línea con la jurisprudencia reciente de la CSJN en autos Morales.
- Finalmente, se regularon honorarios en un 30% de lo regulado en primera instancia.
- La Cámara rechazó el recurso de la demandada y confirmó la sentencia de primera instancia.

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