ESPOSITO, VICENTE ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de La Plata revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y confirma en lo demás, en relación a la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y la aplicación del índice de salarios de la ley 26.417, manteniendo la declaración de inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- El actor, beneficiario de una jubilación, demanda el reajuste de su haber previsional, cuestionando la aplicación del índice de actualización y la normativa que regula la movilidad.
- La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, declarando la inconstitucionalidad de ciertas resoluciones y ordenando el pago de sumas con intereses, además de hacer lugar parcialmente a la demanda de reajuste.
- La Cámara revisó y revocó parcialmente esa decisión, confirmando la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y la aplicación retroactiva del mismo, en consonancia con la jurisprudencia de la Corte Suprema, en especial en los precedentes "Elliff" y "Blanco".
- La Sala consideró que la autoridad legislativa tiene competencia para fijar los índices de movilidad previsional, pero la resolución N° 56/2018 de la ANSeS, que fijó un índice sin competencia legal, fue declarada inconstitucional y retroactiva por la Corte.
- La decisión se fundamenta en que la potestad para decidir el índice de recomposición de las remuneraciones no puede inferirse razonablemente del art. 36 de la ley 24.241, y que la normativa que fijó la aplicación retroactiva del índice violó principios constitucionales y precedentes judiciales.
- Además, la mayoría sostuvo que la determinación del haber inicial y la movilidad deben hacerse conforme a los precedentes de la Corte y la legislación vigente, y que la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 debe mantenerse.
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