MACCHIAVELLI, DANIEL GERONIMO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda por reajuste de haberes previsionales, rechazando los agravios de las partes y ratificando la constitucionalidad y aplicación del índice de movilidad establecido por la ley 26.417 y precedentes de la Corte Suprema.
- Quién demanda: Daniel Gerónimo Macchiavelli
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales, recálculo de la prestación, declaración de inconstitucionalidad de leyes y normas, actualización de la pensión conforme a índices y casos previstos por la jurisprudencia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus términos, rechazando los agravios de la ANSeS y la actora, y ratificando la aplicación del índice de actualización previsto en la ley 26.417 y los precedentes “Elliff” y “Blanco”. Se impusieron las costas a la demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara explicó que la actualización de las remuneraciones y beneficios previsionales debe realizarse conforme a los índices y criterios establecidos por la legislación y la jurisprudencia de la Corte Suprema, específicamente los precedentes “Elliff” y “Blanco”. Se sostuvo que la facultad para fijar los índices de movilidad corresponde al Congreso de la Nación, y que las normas que regulan la actualización de los haberes previsionales en el caso deben seguir los lineamientos establecidos por dichas leyes y precedentes. Se destacó que la resolución de la ANSeS N° 56/2018, que utilizó el índice RIPTE en lugar del índice previsto por la ley 26.417, fue declarada inconstitucional por la Corte Suprema, por lo que la actualización debe hacerse conforme a los parámetros constitucionalmente válidos. Además, se rechazaron los agravios relativos a la improcedencia de la actualización, la tasa de interés y otros aspectos, ratificando en todos los casos la aplicación de los precedentes y la normativa vigente. Finalmente, la sentencia de primera instancia fue confirmada en su totalidad, con imposición de costas a la parte vencida.
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