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M., I. H. c/ PAMI s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia que ordenó a PAMI cubrir la medicación Sonidegib para un paciente con carcinoma basocelular, resaltando que la decisión se fundamenta en la derecho a la salud y la potestad del profesional tratante.

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¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, I. H. M., demanda contra PAMI solicitando la cobertura de la medicación Sonidegib, prescripta por su médica especialista en oncología, debido a un carcinoma basocelular agresivo que le causa dolor y limitaciones.
- La sentencia de primera instancia hizo lugar a la acción, ordenando a PAMI que cubra el costo total del medicamento y reguló honorarios y costas.
- La demandada interpuso recurso de apelación, alegando que la medicación no está incluida en los protocolos oncológicos de PAMI y que la decisión viola sus reglamentos internos. La Cámara confirma la decisión, destacando que la normativa constitucional y los tratados internacionales garantizan el derecho a la salud y que la evaluación médica del profesional tratante tiene carácter prioritario.
- La Sala además señala que la negativa administrativa no se encuentra suficientemente fundamentada y que, en casos de urgencia y vulnerabilidad, la prioridad debe ser la protección del derecho a la salud. También se deja sin efecto la fijación de interés del 6% anual por mora en los honorarios y se regulan los honorarios del letrado en 6 UMAs.

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