SANCHEZ, EUSEBIO AGUSTIN c/ AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA - EX AFIP) s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal confirma la declaración de inconstitucionalidad de artículos de la ley 20.628 respecto a la imposición del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales, ordenando la devolución de las sumas retenidas y la abstención de futuras retenciones, en línea con el precedente “García”.
- Quién demanda: Eusebio Agustín Sánchez (beneficiario de jubilación)
¿A quién se demanda?
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ex AFIP
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de inconstitucionalidad de los arts. 23, inc. “c”, 79, inc. “c”, 81 y 90 de la ley 20.628, y devolución de las sumas retenidas por impuesto a las ganancias desde la interposición de la demanda.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de dichas normas, fundamentando que la relación jurídica y la naturaleza del reclamo se asemejan al precedente “García” de la Corte Suprema, considerando la vulnerabilidad del colectivo de jubilados y la vulneración del principio de igualdad real. La sentencia ordena a la ARCA que deje de retener y devuelva las sumas retenidas, además de aplicar la tasa pasiva del BCRA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La relación jurídica en autos guarda esencial analogía con el precedente 'García', en el cual se declaró la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias aplicado sobre jubilaciones y pensiones, atendiendo a la naturaleza social del reclamo y a la vulnerabilidad del colectivo. La Corte Suprema ha seguido esta doctrina sin exigir acreditación de condiciones particulares de vulnerabilidad para los beneficiarios, por lo que los argumentos de la demandada no prosperan." "La ley 27.617 no modifica la estructura del tributo en relación a jubilados y pensionados, manteniendo la diferenciación patrimonial y sin atender a la vulnerabilidad social, por lo que la norma continúa siendo inconstitucional." "El interés del actor en obtener la declaración de inconstitucionalidad y la devolución de sumas retenidas persiste, y la vía adecuada es la ejecución de sentencia, sin necesidad de tramitar la vía administrativa previa." "Es procedente ordenar a la ARCA que arbitre los medios necesarios para que el agente de retención (el IPS) cumpla con la sentencia." "Se aplica la tasa pasiva del BCRA según el plenario 'Montero'."
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