Logo

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: DESIDERI, JUAN PABLO s/ENCUBRIMIENTO (ART.277)

La Cámara Federal de Casación Penal suspendió el trámite del recurso de casación y ordenó remitir las actuaciones al tribunal de origen para que, previa certificación, se determine la vigencia de la acción penal, ante la posible prescripción del hecho y los retrasos en el proceso.

Orden publico Derechos constitucionales Suspension Responsabilidad del tribunal Prescripcion penal Accion penal Extincion de la accion Dilaciones procesales Remision al origen Proceso razonable


- Quién demanda: La defensa oficial de Juan Pablo Desideri

¿A quién se demanda?

La resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de San Martín

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de extinción de la acción penal por prescripción y la invalidez del proceso por violación al plazo razonable

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Casación Penal suspendió el trámite del recurso y ordenó remitir las actuaciones al tribunal de origen para que, previa certificación, se expida sobre la vigencia de la acción penal. La decisión se fundamenta en la posible prescripción del delito de encubrimiento por receptación dolosa y en los retrasos procesales que vulneran el derecho a un proceso razonable.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte Suprema de Justicia de la Nación establece que la prescripción de la acción penal es de orden público y se produce de pleno derecho, pudiendo ser declarada en cualquier estado y por cualquier tribunal antes de decidir sobre el fondo (Fallos: 311:2205; 324:2778). La causa podría encontrarse prescripta por el transcurso del plazo desde la comisión del hecho (20/10/14) hasta la suspensión del proceso en 2025, considerando el plazo máximo de 3 años para delitos de encubrimiento simple. Además, se destaca que el retraso excesivo en el proceso, que supera el doble del tiempo de la pena máxima prevista, vulnera el derecho a ser juzgado en un plazo razonable, en violación del artículo 18 de la Constitución Nacional y del artículo 9 del Pacto de San José de Costa Rica. La demora injustificada, incluyendo la declaración de prueba y los largos plazos procesales, justifica la suspensión del trámite y la remisión de las actuaciones al tribunal de origen para que, tras la certificación, se determine si la acción penal aún está vigente. La sentencia enfatiza que la prescripción y el derecho a un proceso sin dilaciones son de orden público, pudiendo el tribunal de casación actuar de oficio. La decisión refleja la necesidad de salvaguardar los derechos constitucionales y procesales del imputado, especialmente en causas con retrasos significativos.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar