Legajo Nº 4 - IMPUTADO: ZZMAN , KOSHRU Y OTRO s/LEGAJO DE APELACION
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal contra la decisión que sobreseyó a Zzman en el delito de adquisición de terminales celulares a sabiendas de su procedencia ilegítima, argumentando que no se acreditó la participación ni el conocimiento del imputado, y confirmando la sentencia de sobreseimiento por insuficiencia probatoria.
- Quién demanda: Ministerio Público Fiscal
¿A quién se demanda?
Zzman
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La casación de la sentencia que sobreseyó a Zzman en la causa por adquisición de celulares con procedencia ilegítima
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación y confirmó la resolución de sobreseimiento por insuficiencia de pruebas que acrediten el conocimiento del origen ilícito de los teléfonos, y la participación del imputado en los hechos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De la sentencia recurrida se desprende que los magistrados intervinientes estimaron que no existían elementos suficientes para acreditar, acorde al grado de certeza de la instancia, la participación del encausado Zzman en los hechos investigados. Al respecto, justipreciaron que: ‘El artículo 12 de la ley 25.891 reprime a quien adquiriese por cualquier medio o utilizare terminales celulares, Módulo de Identificación Removible del usuario (tarjetas de telefonía) o la tecnología que en el futuro la reemplace a sabiendas de su procedencia ilegítima’. Bajo estos parámetros, la ausencia de elementos objetivos que permitan establecer efectivamente que los celulares en cuestión tengan una procedencia ilícita, impide concluir de manera fundada que se encuentren satisfechos los extremos exigidos, cuya verificación resulta ineludible para considerar adecuada su conducta al tipo penal aplicado por el Juez. La pericia practicada sobre los equipos secuestrados concluyó que el número de IMEI externo —colocado en la etiqueta pertinente— estaba suprimido o no visible y que el interno tampoco pudo ser obtenido, ya que no se logró acceder por falta de los componentes necesarios para ser encendidos. En esa dirección, entendieron que: ‘El estado de los celulares imposibilitó recabar cualquier dato que permita conocer su procedencia, frustrando la oportunidad de dilucidar si registraban denuncia por robo, hurto o extravío, a qué empresa telefónica pertenecían o quiénes eran sus titulares. En definitiva, no solo demostraron ser dispositivos incapaces de cumplir su función, o de ser comercializados en esas condiciones, sino que ni siquiera puede saberse que su adquisición remite a un origen ilegal, único reprimido por la ley penal’. Por ello, concluyeron que: ‘No pudo determinarse si su tenencia remitía a una fuente ilícita, requisito ineludible para ajustar la conducta al tipo penal por el que fue indag
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: