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TORRIGIANI, MARCELO ADOLFO c/ MANDERLY S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La Cámara de Apelaciones en lo Laboral modifica la sentencia de primera instancia, elevando la condena a $384.414,81 y ajusta el método de actualización e intereses, declarando la inconstitucionalidad de ciertas normas y ordenando costas y honorarios en consecuencia.

Intereses Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Indemnizacion laboral Condena solidaria Viaticos Actualizacion de creditos Normas laborales Inflacion. Reparacion por despido

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora demanda diferencias indemnizatorias por viáticos, cuestionando la valoración de la prueba y la forma de adecuación del capital diferido.
- La demandada Manderly S.A. cuestiona la procedencia de la indemnización por art. 80, LCT, y la entrega de certificados, alegando que estos estaban a disposición del trabajador y que no los retiró.
- La demandada Tradelog S.A.U. se agravia por haber sido condenada solidariamente a pagar la indemnización y multa por la entrega de certificados, aunque la sentencia no dispuso tal condena, y cuestiona la fundamentación legal de la condena solidaria.
- La sentencia revocada modifica la valoración de los viáticos, considerando que estos deben integrarse a la remuneración para calcular indemnizaciones, y ajusta la suma a pagar, además de declarar la inconstitucionalidad de normas legales que limitaban la actualización del crédito laboral.
- La sala sostiene que los depósitos bancarios en concepto de viáticos, junto con la declaración testimonial, demuestran que dichos montos deben considerarse remunerativos, por lo que corresponden las diferencias reclamadas.
- También declara la inconstitucionalidad de normas que limitaban la actualización del crédito laboral, adoptando un índice de precios (IPC) y una tasa de interés del 3% anual, para garantizar el valor adquisitivo.
- Se confirma la condena solidaria y se ajusta el monto de la misma, además de ordenar la modificación en la forma de actualización e intereses, y costas en las instancias.
- La sentencia se fundamenta en que las normas restrictivas de la actualización de créditos laborales son inconstitucionales, y que la inflación y la realidad económica justifican una actualización que preserve el poder adquisitivo del crédito laboral y alimentario.

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