LUGONES FLORINDA NOEMI DEL VALLE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que declaró desierto el recurso de la parte actora y resolvió en favor del organismo previsional respecto a la constitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463, manteniendo las costas de alzada a cargo de la parte recurrente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Florinda Noemi Del Valle Lugones, demandó a la ANSES reclamando ajuste en sus beneficios previsionales. La sentencia de primera instancia declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463, en el caso particular en que la aplicación del tope generado una quita superior al 15%, límite de confiscatoriedad establecido por la CSJN. La Cámara confirmó la decisión, argumentando que la parte actora no formuló agravios suficientes y que los agravios del organismo previsional carecían de fundamentación técnica y concreta, limitándose a consideraciones genéricas. Fundamentos principales: "En relación a los agravios del organismo previsional, cabe destacar que la recurrente no formula con solvencia técnica una crítica autosuficiente, concreta y razonada de la resolución apelada. En tales condiciones no ha logrado demostrarse que la judicante incurriera en error en la inaplicabilidad de ley o doctrina legal, como así tampoco en arbitrariedad, irrazonabilidad o indefensión, importando la presentación recursiva un mero lineamiento del sistema previsional sin compatibilizar su pretensión con lo decidido en base al beneficio otorgado." Asimismo, la Cámara sostuvo que la apelación de la actora fue declarada desierta por falta de agravios, y que la sentencia de grado debía mantenerse en lo demás que decide y ha sido materia de agravios.
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