ROBLES FEDERICO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad de la Ley 27.609 y la metodología de actualización de haberes previsionales, diferido el análisis de inconstitucionalidad para la etapa de ejecución, y ratificó la aplicación de los precedentes “Elliff” y “Blanco” en la actualización del haber inicial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora demanda la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y cuestiona la metodología de actualización de las remuneraciones y haberes previsionales, además de apelar decisiones relativas a la Prestación Básica Universal y aportes autónomos.
- La parte demandada se agravia por la aplicación del índice de actualización, la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426, y la metodología de recálculo del haber inicial, además de cuestionar la constitucionalidad del DNU 807/16 y la Resolución 56/2018.
- El tribunal ratifica la constitucionalidad de la Ley 27.609, diferirá el análisis de su inconstitucionalidad para la etapa de ejecución, y confirma la aplicación del índice de la CSJN en la actualización del haber inicial, en línea con los precedentes “Elliff” y “Blanco”.
- Se destaca que la Suprema Corte no limitó la actualización a la fecha de adquisición del beneficio, sino que el análisis de inconstitucionalidad debe hacerse en la etapa de ejecución, considerando la real situación de los beneficiarios y la evolución inflacionaria.
- La sentencia también reafirma la constitucionalidad del esquema de movilidad establecido por el DNU 274/2024, en tanto refleja la voluntad de readecuar los haberes previsionales a la realidad inflacionaria, y sostiene que la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 27.609 debe diferirse a la etapa de ejecución para evitar inseguridad jurídica y resoluciones fragmentadas.
- Se rechazan los agravios relativos a la metodología del recálculo para aportes autónomos, aplicando los precedentes “Volonté” y otros, y se ordena la actualización conforme a los índices y criterios establecidos en las distintas causas jurisprudenciales.
- En relación a la doctrina del fallo “Villanustre”, se difiere su tratamiento para la etapa de ejecución.
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