SAPORITI MONICA LILIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social resolvió confirmar la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda de reajustes previsionales, ajustando la metodología de cálculo y diferiendo el tratamiento de inconstitucionalidades hasta la etapa de ejecución, considerando que la normativa vigente requiere análisis en contexto de cambios normativos y constitucionales.
¿Quién es el actor?
Monica Lilia Saporiti
- A quien se demanda: ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclama reajustes previsionales, actualización del haber inicial, inconstitucionalidades normativas, y actualización de la Prestación Básica Universal (PBU).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia en la totalidad de los puntos, revocando parcialmente en relación a la actualización de la PBU y diferiendo el análisis de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución, por entender que la normativa vigente refleja un intento de readecuar la movilidad previsional ante la insuficiencia de la ley 27.609 y la realidad inflacionaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Corte ha señalado reiteradamente que el art. 14 bis de la Constitución Nacional garantiza la movilidad de las jubilaciones dejando librada a la prudencia legislativa la determinación del método (Fallos: 295:694 y 300:194). Sin embargo, ha advertido que la reglamentación debe ser razonable y no puede desconocer el derecho de los beneficiarios a una subsistencia decorosa y acorde con la posición que tuvieron durante su vida laboral (Fallos: 279:389; 280:424; 292:447; 293:235; 300:84, 571; 305:866). La jurisprudencia ha establecido que la inconstitucionalidad debe analizarse en la etapa de ejecución, dado que la normativa en vigor refleja un intento de ajuste ante la insuficiencia del esquema de movilidad anterior y la inflación." "En relación a la ley 27.609, la Sala considera prudente diferir su tratamiento hasta la ejecución, dado que su aplicación en el contexto normativo actual puede afectar la seguridad jurídica y la coherencia del sistema previsional, además de que la misma ha sido modificada por decretos y un nuevo esquema de movilidad (DNU 274/2024)."
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