SARMIENTO CLAUDIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de grado y confirma en lo demás, en un pronunciamiento que modifica la metodología para calcular las remuneraciones y la actualización de beneficios previsionales, señalando la inconstitucionalidad de ciertas normas y procedimientos, y ordenando al organismo demandado que abone diferencias derivadas de la aplicación de leyes y decretos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara analiza recursos de apelación interpuestos por ambas partes contra una sentencia que hizo lugar a la demanda. Se establece que la fecha de adquisición del beneficio del actor es el 16/01/2020, en vigencia de la Ley 24.241 (modificada por la Ley 27.426 y cctes). La demandada apela la actualización de la PBU, la imposición de costas y la exención del impuesto a las ganancias. La actora cuestiona la metodología de actualización del haber inicial, la aplicación del fallo "Villanustre", la regulación de honorarios y reserva derechos respecto a la inconstitucionalidad de normas. La Sala revoca la decisión en aspectos clave y ordena la actualización de la PBU conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, declarando la inconstitucionalidad del art. 3 de la Ley 27.426 para remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009, y aplicando índices del Alto Tribunal en los cálculos. Se mantiene que las remuneraciones anteriores a marzo de 2009 deben actualizarse por el índice ISBIC dispuesto en autos "Elliff" y "Blanco". La sentencia también declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en ciertos supuestos, y la inaplicabilidad del art. 14 punto 2) de la Resolución SS 6/09. Además, ordena al organismo demandado que abone diferencias surgidas por la movilidad en meses específicos y regula costas y honorarios. La decisión se fundamenta en la protección constitucional del carácter integral de los beneficios previsionales, la jurisprudencia del Tribunal Supremo y la necesidad de aplicar índices que eviten efectos confiscatorios y regresivos.
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