ZACCARO NORBERTO OMAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia que revoca parcialmente el fallo anterior respecto a la inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426 y la metodología de actualización de remuneraciones, manteniendo el resto de la decisión en favor del actor.
- Quién demanda: Zaccaro Norberto Omar
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes en las remuneraciones para el cálculo del haber inicial, actualización de las remuneraciones, tasas de interés, prescripción y exención del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca parcialmente la sentencia de grado, declara la inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426 en relación con las remuneraciones comprendidas entre 1991 y 2009, y actualiza dichas remuneraciones por el índice ISBIC para el período mencionado. Confirma en lo demás la sentencia, declara desierto el recurso de la parte demandada, y ordena costas y regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La mayoría de los jueces consideran que la metodología de actualización dispuesta por el art. 3 de la ley 27.426 resulta inconstitucional para las remuneraciones comprendidas entre 1991 y 2009, por generar una disminución confiscatoria y regresiva, en especial cuando el método con mayor monto sería el ISBIC, que resguarda la proporcionalidad y la integralidad del haber previsional. La sentencia también confirma la prescripción bienal establecida en la ley 18.037, citando precedentes de la CSJN, y aplica la tasa pasiva promedio mensual del Banco Central para los intereses. La sentencia además revoca la decisión en cuanto a la actualización de remuneraciones y establece que, si los montos resultantes de aplicar el ISBIC son mayores que los del RIPTE, se deben utilizar estos últimos. Se declara la inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426 respecto a las remuneraciones del período 1991-2009, y se ordena que la actualización se realice con el índice ISBIC dispuesto por la CSJN en los autos “Elliff” y “Blanco”. Los agravios de la demandada, en cuanto a la actualización de remuneraciones, no se ajustan a lo resuelto en la instancia, por lo que se declara desierto su recurso.
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