ARCERI JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda de reajustes previsionales, rechazando los agravios de la demandada respecto a la actualización del beneficio, la constitucionalidad del Decreto 807/16 y el impuesto a las ganancias. La sentencia sostuvo que la actualización del haber y la constitucionalidad del Decreto 807/16 estaban en línea con precedentes de la Corte Suprema y la jurisprudencia consolidada, y que la impugnación sobre el impuesto a las ganancias no ameritaba análisis adicional por remisión a fallos previos. Además, se confirmó la improcedencia de limitar la actualización del beneficio a la fecha de adquisición, reafirmando que la ley no establece tal restricción y que la legislación vigente permite su actualización sin restricciones temporales, en aras de evitar confiscatoriedad. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado, diferido el análisis sobre la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241, y confirmó el resto de las decisiones, incluyendo la imposición de costas a la demandada y la regulación de honorarios.
- Quién demanda: Juan Carlos Arceri
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios en la prestación previsional, actualización del haber inicial, declaración de inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241, y tratamiento del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la constitucionalidad del Decreto 807/16, rechazó la limitación en la actualización del beneficio a la fecha de adquisición, y confirmó la improcedencia de limitar la actualización del beneficio a la fecha de adquisición del mismo. Asimismo, mantuvo la constitucionalidad del cargo por impuesto a las ganancias y confirmó las decisiones de la instancia inferior en los demás aspectos. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado, diferió el análisis sobre la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 y confirmó el resto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte Suprema ha declarado la constitucionalidad del Decreto 807/16, remitiéndose a sus fallos “Blanco Lucio Orlando” y otros, en los que se sostuvo que la potestad de establecer índices de actualización corresponde al Congreso Nacional y que su ejercicio no vulnera derechos constitucionales. La jurisprudencia también ha establecido que no hay limitaciones temporales en la actualización del beneficio, y que la ley no establece restricción alguna en cuanto a la fecha de adquisición del beneficio para su actualización. Respecto al impuesto a las ganancias, la Corte ha ratificado la constitucionalidad de la exención, remitiéndose a fallos previos en la materia. En consecuencia, la Cámara revoca la sentencia de grado en los aspectos cuestionados y confirma en los demás, con costas a la demandada vencida.
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