Logo

LAURITO CATALINA MARGARITA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de grado y declara la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 3 de la Ley 27.426 para remuneraciones comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/02/2009, aplicando el índice ISBIC dispuesto por la CSJN en autos “Elliff” y “Blanco”, y confirma en lo demás.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Beneficio previsional Actualizacion de remuneraciones Indice isbic Ley 27.426 Metodologia de ajuste Inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463 Fallo ?elliff? y ?bl

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora demanda la revisión de su beneficio previsional, reclamando la actualización de remuneraciones y otros conceptos, y cuestiona la metodología de actualización aplicada por el organismo previsional.
- La Cámara analiza los agravios y resuelve que, para las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009, se debe aplicar el índice ISBIC dispuesto por la CSJN en autos “Elliff” y “Blanco”, declarando la inconstitucionalidad de la metodología de la Ley 27.426 para ese período.
- Además, confirma la inaplicabilidad del art. 14 punto 2) de la Resolución SS 6/09, y la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en los casos en que se acredite que la merma del haber supera el límite de confiscatoriedad del 15%.
- La sentencia ajusta los cálculos de intereses y costas, y ordena devolver las actuaciones al tribunal de origen. Fundamentos principales: "En virtud de lo expuesto, voto por revocar lo resuelto en instancia de grado, en estos términos, y declarar la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 3 de la Ley 27.426 para las remuneraciones que se encuentren comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/2/09. Ello así, deberá utilizarse a tal fin el índice ISBIC dispuesto por el Más Alto Tribunal de la Nación en autos “Elliff” y “Blanco”. Las remuneraciones devengadas hasta el mensual de febrero de 2009 inclusive, en caso de resultar más favorable, se ajustarán por el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), por lo que resulta inaplicable para este período el índice dispuesto por el art. 3 de la ley 27.426." "Se rechazan los agravios relacionados con la actualización de remuneraciones, la aplicación del Fallo Villanustre, y otros conceptos, confirmando la decisión de la instancia de grado en estos aspectos."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar