Logo

BOSCHI, STELLA MARIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a la ANSES el recálculo de haberes jubilatorios y rechazó recursos por inconstitucionalidad, manteniendo la aplicabilidad del índice ISBIC para la actualización y rechazando el planteo sobre la exención del impuesto a las ganancias.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora solicitó la jubilación en junio de 2023, y la sentencia de primera instancia ordenó a la ANSES realizar un recálculo del haber jubilatorio conforme a los parámetros establecidos en la jurisprudencia y las leyes vigentes.
- La Cámara confirmó dicha resolución, rechazando los agravios de la ANSES, y declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/16, la Resolución 56/2018 de ANSES y la resolución 1/2018 de la Secretaría de Seguridad Social, por considerar que la competencia para establecer el índice de actualización corresponde al Congreso de la Nación.
- Se ratificó la aplicación del índice ISBIC para la actualización del haber inicial, en línea con el precedente “Elliff”, y se rechazó la pretensión de diferir la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU).
- Respecto a la exención del impuesto a las ganancias, la Cámara sostuvo que los retroactivos y actualizaciones de haberes jubilatorios deben estar exentos conforme a la normativa vigente, y que la imputación del impuesto sobre intereses devengados es improcedente por principio de accesoriedad.
- Las costas del proceso se impusieron a la demandada vencida, y no se regularon honorarios debido a que solo intervino la parte actora. Fundamentos principales: "De las constancias de autos surge que la actora solicitó el beneficio de jubilación ordinaria, el cual le fue otorgado al amparo de la ley 24.241, a partir del 28/06/2023 por haber prestado servicios y realizado aportes como trabajadora en relación de dependencia y autónoma. Estudiados los antecedentes de la causa y planteos de las partes, he llegado a la conclusión que corresponde rechazar el recurso de apelación vertido por la accionada, en virtud de las siguientes consideraciones: a) En relación a la redeterminación del haber inicial, cabe resaltar que la parte actora obtiene su beneficio en junio de 2023, es decir que es alcanzado por la sanción de la ley n° 26.417. El art. 2º establece que a fin de practicar la actualización de las remuneraciones a que se refiere el artículo 24, inciso a) de la Ley n° 24.241 y sus modificatorias, para aquellas que se devenguen a partir del 28/06/2023, se aplicará el índice combinado previsto en el artículo 32 de la mencionada ley... Por ello, y

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar