SAGUEZ, RAMONA CAROLINA Y OTRO c/ ANSES s/PENSIONES
La Cámara Federal de Mendoza - Sala B confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció el derecho a pensión por fallecimiento del causante, considerando la acreditación de aportes y la existencia de aportante irregular con derecho, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, en representación de su hija menor, solicitó pensión por fallecimiento del causante Ricardo O. Silva Maturano, quien prestó servicios durante 21 años y 9 meses. La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente, reconociendo el derecho a la pensión por aportes acreditados y considerando la condición de aportante irregular con derecho, en virtud del artículo 1, inc. 3, del decreto 460/99 y la jurisprudencia de la CSJN. ANSES apeló, alegando que no se acreditó la condición de aportante irregular con derecho, pero la Cámara desestimó el recurso, confirmando la decisión y destacando que la historia laboral del causante, con 36 años de vida útil laboral, cumple con los requisitos para ser considerado aportante irregular con derecho, bajo los parámetros jurisprudenciales. La Cámara también reafirmó la constitucionalidad del decreto 460/99 y la interpretación amplia de la norma por parte de la CSJN en el precedente “Pinto Ángela Amanda”.
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