COLGATE - PALMOLIVE ARGENTINA S.A. c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS (D G A) s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Cámara Federal de Mendoza confirmó la declaración de inconstitucionalidad de arts. 1 y 2 del Decreto 332/2019, que fijaron la alícuota de la tasa estadística, considerando que el Poder Ejecutivo carece de facultades para modificar unilateralmente dicha alícuota sin una ley que lo habilite expresamente. La sentencia destacó que la delegación legislativa debe establecer pautas y límites claros, lo que no ocurrió en este caso, vulnerando el principio de reserva legal. La decisión se fundamentó en que la norma impugnada avanzó en competencias que corresponden exclusivamente al Congreso, violando el principio de legalidad y reserva de ley. Además, se rechazaron los argumentos del Estado nacional sobre la validez del decreto en virtud de facultades constitucionales, señalando que no existe una ley formal que respalde la modificación de la alícuota sin una ley específica. La Cámara también ordenó la regulación de honorarios en un 30% y confirmó las costas, con excepción de las relacionadas con la prueba pericial, que serán soportadas por la parte actora.
- Quién demanda: Colgate-Palmolive Argentina S.A. (actora)
¿A quién se demanda?
AFIP
- Dirección General de Aduanas y Estado Nacional
- Ministerio de Economía (demandados)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad de los arts. 1 y 2 del Decreto 332/2019, que fijaron la alícuota de la tasa estadística en 2,5% y 3% respectivamente, y su inaplicabilidad a la actora por considerarlos inconstitucionales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la inconstitucionalidad de los arts. 1 y 2 del Decreto 332/2019, declarando su inaplicabilidad a la actora, por ser un acto que viola el principio de reserva legal y la competencia del Congreso para legislar en materia tributaria. La sentencia sostuvo que el Poder Ejecutivo no tiene facultades para modificar unilateralmente la alícuota sin una ley que lo autorice expresamente, y que la delegación legislativa debe ser clara y precisa, lo cual no ocurrió. Además, se rechazaron los argumentos del Estado respecto a la validez del decreto bajo sus competencias constitucionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia citó doctrina constitucional y jurisprudencial, resaltando que la reserva de ley en materia tributaria es una garantía constitucional que no puede ser vulnerada por actos del Poder Ejecutivo sin una ley expresa. Se destacó que la delegación legislativa debe establecer límites claros, y que en este caso no existió una ley que habilite la modificación de la alícuota de la tasa estadística, por lo que el decreto es inconstitucional. Además, se analizó la evolución normativa de la tasa, la constitucionalidad del marco legal y la competencia del Congreso, concluyendo que
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