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CATALAN, VIVIANA EMILCE c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La Cámara Federal de La Plata declaró desierto el recurso de apelación del actor tras no haber agravios expresados por el apelante, por lo que se confirma la decisión de la instancia de origen; además, se declaró decaído el derecho del apelante a usar su recurso por inacción.

Recurso de apelacion Resolucion Desercion Inaccion Camara federal Articulo 266 cpccn Decaimiento del derecho Notificacion electronica. Autos Auto de fecha 11/07/2025


- Quién demanda: Viviana Emilce Catalán

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes

¿Qué se resolvió?

Se declaró desierto el recurso de apelación por inacción del apelante, en virtud de no expresar agravios tras ser llamado a hacerlo, y se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La apelante no manifestó agravios tras ser llamada por auto de fecha 11 de julio de 2025, notificada mediante cédula electrónica en la misma fecha, por lo que conforme al artículo 266 del CPCCN, se le dio por decaído el derecho a usar el recurso y se declaró desierto. La Cámara señaló que, en estos casos, la inacción del recurrente implica la confirmación de lo resuelto en la instancia de origen. Se dejó constancia de la firma en virtud de la Acordada CFALP N° 4/2025.

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