ROTELA, EMILIO RICARDO c/ OBRA SOCIAL DE CONDUCTORES CAMIONEROS Y PERSONAL DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES
La Cámara Federal de Corrientes rechazó la apelación del actor y confirmó la sentencia que desestimó la acción de amparo por falta de acreditación de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta en la conducta de la obra social. La decisión se fundamentó en que el actor no probó que la obra social haya negado prestaciones o desconocido su afiliación, y que los agravios no lograron desvirtuar los fundamentos de la sentencia de primera instancia, en particular la falta de prueba de arbitrariedad y la correcta valoración de las constancias. La Cámara sostuvo que la prueba aportada no demuestra una conducta arbitraria, y que los argumentos del recurrente eran repetitivos y no razonados.
Actor: Emilio Ricardo Rotela Demandado: Obra Social de Conductores Camioneros y Personal del Transporte Automotor de Cargas Objeto: Amparo por negativa de cobertura de prestaciones de salud, alegando arbitrariedad y vulneración de derechos constitucionales y convencionales, especialmente en relación a su enfermedad crónica (diabetes tipo 2). Decisión: La Cámara rechazó la apelación y confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó la acción de amparo, considerando que el actor no acreditó que la obra social haya negado prestaciones ni actuado arbitrariamente, y que los agravios no lograron desvirtuar la fundamentación del fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara argumentó que el recurrente no probó la existencia de arbitrariedad o ilegalidad en la conducta de la obra social, y que la valoración de la prueba fue adecuada. Se señaló que la actora no presentó documentación suficiente que acredite la negativa de prestaciones o la desconocida afiliación, y que los argumentos de la apelación son reiterativos y no razonados. Además, se resaltó que no se acreditó que la demandada haya incumplido el marco normativo de protección del derecho a la salud, ni que exista conducta arbitraria o ilegítima que justifique la acción de amparo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: