Incidente Nº 11 - VICTIMA: VILLANUEVA, MARTA MABEL IMPUTADO: MEHAUOD, LEONARDO MAXIMILIANO s/INCIDENTE DE EXCARCELACION
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional declaró la nulidad del procesamiento con prisión preventiva del imputado y ordenó su inmediata libertad, considerando el recurso interpuesto como abstracto tras la nulidad del auto de procesamiento. La decisión se fundamenta en la nulidad del auto dictado el 12 de junio de 2025, que llevó a la libertad del imputado. La Cámara resolvió que, en estas circunstancias, el recurso queda sin objeto y se declara abstracto, habilitando la libertad del imputado. La decisión refleja que la Cámara, atendiendo a las circunstancias actuales, decide no continuar con la instancia de apelación, priorizando la nulidad del auto y la libertad del imputado.
- Quién demanda: No aplica, se trata de una resolución de la Cámara de Casación.
¿A quién se demanda?
No se demanda en este contexto, sino que se resuelve sobre la nulidad de un auto de procesamiento.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La nulidad del auto dictado el 12 de junio de 2025 que dictó el procesamiento con prisión preventiva del imputado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Casación declaró la nulidad del auto de procesamiento, ordenó la libertad del imputado y declaró abstracto el recurso de apelación interpuesto contra esa decisión, por lo que no se analizaron otros agravios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las decisiones de esta Cámara deben atender a las circunstancias existentes al momento de su pronunciamiento, aunque éstas sean distintas a las verificadas en oportunidad de la interposición del recurso respectivo. Así, conforme surge de las constancias obrantes en el Lex-100, el pasado 8 de agosto los integrantes de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional resolvieron 'I.
- DECLARAR LA NULIDAD del auto dictado el 12 de junio de 2025', en referencia al procesamiento con prisión preventiva que fuera dictado respecto del imputado. En consecuencia, al día siguiente, el Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional nro. 6 tomó razón de lo resuelto por la alzada, habilitó el día inhábil y ordenó la inmediata libertad de Leonardo Maximiliano Mehauod, la que se hizo efectiva ese mismo día. De esta manera, el tratamiento del recurso interpuesto por la defensa contra la decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional que rechazó el pedido de excarcelación presentado en favor del nombrado ha devenido ABSTRACTO, lo que ASÍ SE DECLARA."
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