SALVADO, MAXIMILIANO GASTON c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifica la sentencia de primera instancia en cuanto a la determinación de los intereses del crédito laboral, adoptando un criterio que combina el uso del CER hasta diciembre de 2023 y la tasa activa del Banco Nación a partir de 2024, además de confirmar las costas a cargo de la demandada y regular honorarios profesionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa involucra a Maximiliano Gastón Salvado contra Asociarart ART S.A., en un proceso por incapacidad laboral determinada tras resolución de la Comisión Médica 10. La sentencia de primera instancia hizo lugar al recurso del actor y condenó a la demandada, estableciendo los intereses según la tasa activa. La parte actora apeló solicitando la revisión de dichos intereses, cuestionando la constitucionalidad de las leyes 23.928, 25.561 y del art. 12 de la ley 24.557, y reclamando mayores honorarios. La Sala consideró que el uso de la tasa activa implicaba una confiscatoriedad que afectaba el derecho de propiedad del trabajador, por lo que propuso que los intereses se calculen con el CER hasta diciembre de 2023 y con la tasa activa desde 2024, atendiendo a la evolución de la inflación y la función reguladora de los intereses. Además, se rechazó el planteo de inconstitucionalidad, dado que las leyes cuestionadas están vigentes. La decisión incluyó la imposición de costas a la demandada y la regulación de honorarios profesionales. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en los aspectos de intereses, confirmando las costas y ajustando honorarios en función de los valores vigentes.
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