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TORINO, PAOLA MARIANA´ (Y) c/ EDITORIAL ATLANTIDA S.A. s/DESPIDO

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que rechazó los planteos respecto a la retroactividad de la normativa laboral, la procedencia del despido indirecto por falta de pago y la valoración de los testimonios y certificados laborales.

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¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora demanda por despido y otros créditos laborales contra Editorial Atlántida S.A.
- La Cámara confirmó la decisión de grado que rechazó la aplicación retroactiva de normativas posteriores a la desvinculación, considerando que su aplicación afectaría la seguridad jurídica.
- Se resolvió que el despido indirecto por falta de pago de salarios en marzo, abril y mayo de 2020, era ajustado a derecho, ya que la demandada reconoció dicho incumplimiento.
- Se ratificó que los testimonios avalaron la relación laboral durante el período en cuestión y que los certificados del artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo reflejaban datos incorrectos.
- La normativa de incremento en la indemnización por despido, prevista en el DNU 34/19, fue considerada constitucional y aplicable.
- La remuneración se fijó en $107.444,30, y la condena por integración de mes de despido se redujo a $8.856.350,40.
- Se acordó que la tasa de interés desde el 1 de enero de 2024 hasta el pago será la tasa activa del Banco Nación, con aplicación del CER hasta esa fecha.
- Se confirmaron costas y honorarios en función del nuevo monto de condena.

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