BAZAN FELIX OSVALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia que rechazaba los reclamos del actor, declarando la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y ordenando la aplicación del índice de actualización conforme a la ley 26.417, considerando la retroactividad como vulneración del derecho de propiedad y la constitucionalidad de las leyes de movilidad previsional.
- La actora, beneficiaria previsional, cuestionó la actualización de su haber y la constitucionalidad de las normas que regulan la movilidad de sus prestaciones.
- La Cámara revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 por su aplicación retroactiva, que consideró regresiva y confiscatoria, afectando derechos constitucionales del beneficiario.
- La Sala fundamenta que la normativa de movilidad debe ser establecida por el Congreso y que la aplicación retroactiva de la ley 27.426, que modificó índices ya devengados, viola el principio de irretroactividad y el derecho de propiedad, en línea con los precedentes de la Corte Suprema, especialmente “Blanco”.
- Además, aprueba la aplicación del índice de salarios de la ley 26.417 para calcular la movilidad y ordena el pago de diferencias al beneficiario.
- La disidencia parcial de la jueza Cammarata sostiene que la aplicación retroactiva de la ley 27.426 afecta derechos constitucionales, declarando la inconstitucionalidad del art. 2 de dicha ley.
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