KLARIC JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia anterior y confirmó la constitucionalidad de la ley 27.426, rechazando el planteo de inconstitucionalidad y analizando la retroactividad de la ley y su impacto en los derechos del beneficiario previsional.
La parte actora demandó por reajustes en su beneficio previsional, cuestionando la constitucionalidad de la ley 27.426, por su aplicación retroactiva. La sentencia analiza que la ley 26.417 y su reglamentación establecían que la movilidad se devengaba en marzo y septiembre, no mensualmente, y que la modificación introducida por la ley 27.426, aplicada a períodos ya transcurridos, legisla retroactivamente. Sin embargo, concluye que, según el artículo 7 del Código Civil y Comercial, la retroactividad no afecta derechos amparados por garantías constitucionales, como el derecho de propiedad, ya que el derecho del beneficiario a la movilidad se incorpora a su patrimonio en la fecha del devengamiento, no en la de la modificación. Además, la sentencia destaca que la modificación no produce un efecto confiscatorio ni viola derechos constitucionales, por lo que rechaza la inconstitucionalidad. La jueza Cammarata disiente parcialmente, considerando que la aplicación retroactiva de la ley 27.426 afecta derechos constitucionales y traduce un perjuicio económico confiscatorio.
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