GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ROMERO, ANA MARIA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
La queja del GCBA por denegatoria del recurso de inconstitucionalidad fue rechazada por no cumplir con requisitos de autosuficiencia y por no acompañar copia de la notificación impugnada, siendo considerado inadmisible. La Cámara evidenció que el GCBA no acreditó la interposición oportuna del recurso y no subsanó los defectos señalados.
¿Quién es el actor?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
No se especifica, el recurso se interpone contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en un proceso contencioso administrativo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se admita y tramite el recurso de inconstitucionalidad en relación a la decisión de la Cámara y la resolución interlocutoria que denegó dicho recurso.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la queja del GCBA por no cumplir con los requisitos de autosuficiencia y por no acompañar la documentación necesaria para acreditar la interposición en tiempo del recurso. La falta de la notificación de la decisión impugnada imposibilitó determinar si el recurso fue deducido en término. Se confirmó que la parte recurrente debe acreditar la diligencia en la presentación del recurso y su adecuado planteo constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La queja no satisface plenamente los requisitos de su propia autosuficiencia; déficit que habría podido suplirse con los elementos que, pese a haber sido requeridos con fecha 07-11-2024, no fueron aportados por el recurrente." "Encontrándose debidamente notificada dicha providencia, el recurrente omitió acompañar la copia de la notificación de la decisión impugnada mediante el recurso de inconstitucionalidad, circunstancia que impide determinar si dicho recurso fue deducido en término." "Es a cargo de la parte que plantea una queja por denegación de un recurso de inconstitucionalidad acreditar que este fue interpuesto en tiempo oportuno, ya que el plazo fijado al efecto es perentorio." "Por las razones expuestas, corresponde rechazar la queja interpuesta por el GCBA." En los votos concurrentes, se destaca que la parte recurrente no planteó cuestiones constitucionales o federales relacionadas con lo resuelto, y que la queja no cumplía con los requisitos de autosuficiencia, en particular por la falta de la documentación necesaria para acreditar la correcta interposición del recurso en tiempo.
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