MINISTERIO PÚBLICO - FISCALÍA DE CÁMARA SUR DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en CPE SOBRE 5 C - COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIER MATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCIÓN /TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires regula honorarios de profesionales por actuación en proceso de revisión de recursos contra sentencia del Tribunal. La decisión establece el monto de honorarios en UMA, considerando la escala legal y los parámetros establecidos para la segunda instancia.
- Quién demanda: La abogada Vivian Astrid Clivaggio en representación del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EURSPCABA).
¿A quién se demanda?
El Tribunal regula los honorarios de los profesionales intervinientes, en particular los abogados Vivian Astrid Clivaggio y Patricio Gregorio Blanco Ilari, en el marco de la contestación del recurso extraordinario federal interpuesto por Metrovías SA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La regulación de honorarios por los trabajos realizados en la contestación del recurso federal, incluyendo la dirección letrada, patrocinio y actuación conjunta.
¿Qué se resolvió?
La Cámara regula los honorarios en 20 UMA para cada profesional, distribuidos en partes iguales, y adicionalmente, el 50% de esa suma a favor de Clivaggio por su labor como apoderada, con la correspondiente adición del IVA. La base regulatoria se ajusta en función de intereses y el valor de UMA, considerando la normativa aplicable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia destaca que, según el art. 30 de la ley 5134, los honorarios en segunda instancia deben oscilar entre el 30% y el 40% de los fijados en primera instancia, que en este caso fue de $334.068. La aplicación del máximo de la escala resulta en un monto inferior al mínimo legal de 20 UMA, por lo que se fija en esa cantidad, equivalente a aproximadamente 598.576,81 pesos, y en 20 UMA para cada profesional en forma conjunta. La ley 5134 y el art. 15 establecen que la abogada Clivaggio recibirá además el 50% por su labor como apoderada. La decisión también considera las reglas de distribución y la normativa vigente para la corrección monetaria e intereses.
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