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INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS SAAVEDRA, CARLOS FABIÁN s/ EXHIBICIONES OBSCENAS s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo rechazó la queja del GCBA contra la regulación de honorarios en un proceso laboral y confirmó la regulación, argumentando la falta de fundamentación suficiente del recurso de queja.

Declaracion testimonial Abuso sexual Camara gesell Conflicto negativo de competencia Exhibiciones obscenas Ninos, ninas y adolescentes Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Mayor grado de conocimiento Competencia criminal y correccional Principio de no revictimizacion Juzgamiento conjunto


- Quién demanda: GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

¿A quién se demanda?

Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se revoque la resolución que rechazó su recurso de inconstitucionalidad y la regulación de honorarios del abogado de la parte actora en un proceso laboral.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la regulación de honorarios y declaró inadmisible la queja del GCBA, argumentando que no se configuraba una cuestión constitucional o federal, y que las cuestiones de honorarios resultan ajenas a la instancia extraordinaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso de queja articulado por el GCBA ha sido interpuesto en tiempo oportuno (art. 33 de la ley 402). Sin embargo, debe ser rechazado toda vez que no demuestra la existencia de una cuestión constitucional o federal." "En principio, las cuestiones referidas a los honorarios de los profesionales intervinientes en un juicio, por su carácter fáctico y de derecho procesal, local y/o común, resultan ajenas a la instancia extraordinaria de este Tribunal a través del recurso de inconstitucionalidad." "En su queja, el recurrente se limita a exponer su discrepancia con los razonamientos efectuados por la Cámara sobre cuestiones de hecho y derecho local infraconstitucional, sin demostrar que la regulación de honorarios atacada resulte insostenible como acto jurisdiccional." "Por ello, corresponde rechazar la queja interpuesta por el GCBA." Fundamentos adicionales del voto concurrente: "Corresponde rechazar la queja que interpusiera el GCBA toda vez que no satisface la carga de fundamentación que prescribe el artículo 33 de la ley 402." "Los fundamentos expuestos en el auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad no fueron refutados por el recurrente."

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