PLAN OVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ RODRIGUEZ MARIANA ELIZABETH Y OTRO/A S/ EJECUCION PRENDARIA (DIGITAL)
La Cámara confirma la sentencia que rechazó la actualización del monto de la ejecución prendaria, manteniendo el monto de $323.752,01 y la inadmisibilidad del reajuste pactado por las partes, en línea con la normativa procesal y la jurisprudencia aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia dictada el 19/02/2025 en la causa 137938 del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 18 de La Plata resolvió declarar la improcedencia del reajuste del capital reclamado en una ejecución prendaria basada en un contrato de plan de ahorro previo con prenda, sosteniendo que el título ejecutivo, en este caso el certificado de prenda con registro, tiene suficiente certeza y liquidez para determinar el monto de la deuda sin necesidad de un reajuste. La Cámara de Apelaciones, en sala, confirmó esta decisión, argumentando que el mecanismo de actualización pactado en la cláusula tercera del contrato no puede ser considerado válido en el marco de una ejecución, ya que la determinación del capital debe ser autárquica y derivar directamente del título, sin necesidad de complementación posterior. Además, se analizó la aplicación de la doctrina del fallo "Barrios", concluyendo que no resulta pertinente en el presente caso por tratarse de una ejecución prendaria y no de un proceso de conocimiento por daños y perjuicios. La Cámara resaltó que la jurisprudencia vinculante no puede extenderse a casos con diferencias fácticas o jurídicas relevantes, y que la normativa vigente y la jurisprudencia consolidada respaldan la decisión de rechazar el reajuste y mantener el monto ejecutado. Se confirmó la sentencia en todos sus términos y las costas se impusieron al recurrente.
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